Suspenden por seis meses la decisión de avanzar con la disolución de Vialidad Nacional

La jueza en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín Martina Forns suspendió por seis meses cualquier acto administrativo que derive del Decreto que resolvió disolver Vialidad Nacional, al hacer lugar a una medida cautelar del gremio Sevina.

La magistrada hizo lugar parcialmente a la cautelar de no innovar y ordenó al Estado Nacional y al Poder Ejecutivo que se abstenga de “ejecutar cualquier acto administrativo, que derive” del decreto  461/2025 del 8 de julio pasado, que dispuso  la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad.

El gobierno de Javier Milei no podrá disponer “reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad”.

“Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”, afirmó la sentencia.

La magistrada argumentó que tanto la Constitución Nacional como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “con jerarquía constitucional -en particular los Convenios N.º 87, 98 y 151- impiden al Estado, en su rol concurrente de empleador y regulador, alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia”.

Forns no se pronunció sobre el planteo para declarar la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 461 porque para ello es necesario un “estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba, que en modo alguno podrían resolverse con los elementos hasta ahora incorporados”.

El Sindicato de Trabajadores Viales y Afines presentó un recurso de amparo ante la justicia laboral con una medida cautelar de no innovar contra el Poder Ejecutivo Nacional en general y el Ministerio de Desregulación en particular para evitar el cierre de la Dirección Nacional de Vialidad.

La presentación busca impugnar el decreto 461/2025 por considerarlo inconstitucional y “violatorio de derechos laborales y humanos fundamentales”. El objetivo central es preservar el organismo que ostenta más de 93 años de historia y tiene presencia con más de 5 mil empleados en toda la Argentina, octavo país del mundo en extensión territorial.

Con el patrocinio de los doctores Eduardo Barcesat y Daniel Valmaggia, el escrito radicado en el Juzgado Nacional del Trabajo Nº23, a cargo de Marta Rey reclama “la declaración de inconstitucionalidad, por ilegalidad y arbitrariedad manifiesta (art. 43, primer y segundo párrafo, C.N.) del Decreto Delegado 461/25”, del que se valió el presidente Javier Milei para “concluir la aniquilación de los organismos estatales, con afectación a la permanencia de la fuente de trabajo, así como la estabilidad de los trabajadores y servidores públicos comprendidos por las áreas de seguridad vial, ciencias y tecnologías aplicadas, y la salud pública”.

Como adelantó Ámbito, el recurso advierte la falta de horizonte sobre el futuro de las actividades que realiza el organismo: “Se genera una amenaza, incertidumbre y falta de certeza sobre cómo y con quiénes se reemplazará a los trabajadores, profesionales, administrativos, técnicos y operarios que aportaron, desde la creación de los distintos organismos estatales, seguridad, adelantos tecnológicos y la custodia de la vida digna de todos los argentinos”.

En total son 5.245 empleados en la DNV. El amparo reclama que, en caso de sostenerse el cierre del organismo, los trabajadores/as sean absorbidos por otras reparticiones con los mismo derechos, condiciones, antigüedad y beneficios. En tanto, la medida cautelar de no innovar busca que mientras avance el expediente judicial se garantice el cobro de los salarios y la continuidad laboral.

Entre los argumentos, los demandantes aseguran que la ley Bases y las facultades delegadas no le dieron la potestad al Poder Ejecutivo de disolver entes como Vialidad Nacional. Es porque el Artículo 76 de la Constitución Nacional prohíbe la delegación legislativa al Ejecutivo, salvo en algunas excepciones y por un límite determinado de tiempo. De esta manera, afirman que la eliminación de la DNV, que es autárquica y creada por ley, no puede ser vía decreto ni por facultades delegadas.

Los sindicatos advierten que cerrar Vialidad afecta el interés público, ya que implicará no sólo más inseguridad vial sino también menos transparencia.

Fuente: Ámbito

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