Catamarca: denunciaron penalmente al intendente Polti por admitir que roba “para el pueblo”

Los abogados José Alberto Furque y Ana Beatriz Monllau presentaron una denuncia penal contra el intendente de Recreo, Luis Polti, por presunta apología del delito.

Esta denuncia surge de sus polémicas declaraciones en las que afirmó: “Si les dicen que Polti roba, díganle si, roba, pero trae para el pueblo”.

Ahora el caso queda en manos de la Justicia, que deberá analizar las expresiones del jefe comunal.

La presentación completa

FORMULAMOS  DENUNCIA PENAL POR APOLOGÍA DEL DELITO Y RECONOCI MIENTO DE ACCIONES DELICTIVAS FUNCIONALES.====================

 Señor Fiscal:

                                        JOSE ALBERTO FURQUE, DNI 6.086.385, arg. mayor de edad, Abogado,  y CARLOS SECO, DNI N° 20.924.983,  con domicilio real en B° Libhertador II, Casa N°9, y ambos  en ejercicio de derechos cívicos, constituyendo el legal  en calle  Mota Botello N° 87 de esta ciudad, con el patrocinio Letrado de la Dra. ANA BEATRIZ MONLLAU  (CUIL 271742 83155), con  domicilio on-line beatrizmonllau @yahoo.com. ar, presentados, decimos.

                                      I.- OBJETO:

                                       Que, que en el carácter invocado y en nuestra condición de ciudadanos y dirigentes políticos de ésta Provincia,  venimos, en virtud de lo establecido en el art. 313 del C.P.P. y 213 del Código Penal,  a formular denuncia  por apología del delito y de la corrupción, genéricamente considerada como lacra intolerable e inadmisi ble de nuestra dirigencia, en contra del Intendente  de la ciudad de Recreo y Candidato a Senador, Dr. Luis Polti.

                                   El hecho que denunciamos muestra objetivamente la inexistencia de idoneidad moral para el cumplimiento de sus funciones por parte del Sr. LUIS POLTI. En éste sentido debemos recordar que el Sr. ANGEL LUQUE, fue expulsado del Cuerpo Parla mentario que integraba -Cámara de Diputados de la Nación- por falta de idoneidad moral a raíz de declaraciones públicas que realizara en pretendida defensa de su hijo GUILLER MO LUQUE y que constituían una grosera apología del delito.

                                   Fundamos la presente denuncia penal en las consideraciones de hecho y de derecho que pasamos a exponer.

                                   II.- HECHOS:

                                   a-)CONSIDERACION PRELIMINAR: MARCO INSTITUCIO NAL Y LA CORRUPCION EN LA QUE VIVIMOS:

                                   El concepto de república, y democracia republicana, se fundan en tres pilares centrales que sirven de garantía a la permanencia y estabilidad institucional de la misma, a saber:

                                   1)División e Independencia de los poderes  que constituyen la base arquitectónica del sistema, a tal punto que se dijo que sin poder legislativo de contralor político e institucional efectivo, del ejercicio del poder, por el EJECUTIVO QUE ADMINISTRA la res-pública, no es posible cimentar el sistema republicano y democrá tico de Gobierno.

                                   Del mismo modo se sostuvo, que sin JUSTICIA INDEPENDIENTE. no puede existir un verdadero orden republicano y democrático.

                                   En nuestra provincia, lamentablemente el orden republicano de gobierno es una mera ficción, ya que en la realidad de la vida institucional no existe. Pues, la inquietante y grave concentración nepótica en el ejercicio del poder por parte de la “familia Gobernante”, unida a la concentración económica y política y a la inexistencia del contralor institucional que debe ejercer el Poder Legislativo y a la evidente inexis tencia de independencia del Poder Judicial integrado por designaciones a dedo de altos Magistrados en la cúspide del poder Jurisdiccional –véase la integración y ampliación de los miembros de la Corte de Justicia- por citar el ejemplo más grave, y la conforma ción de los restantes Tribunales inferiores por parientes y miembros de “grandes familias” que vienen gozando de las ventajas y prebendas que brinda el ejercicio autoritario de un  poder ejecutivo corrupto y corruptor, muestran la putrefacción institu cional en la que vivimos los Catamarqueños, con la inquietante “distracción” de pretendidos ciudadanos “honestos” que miran para otro lado, ha permitido la más grave e inquietante concentración de poder –familiar, económico y político- de que tengamos memoria en la historia reciente de Catamarca; a tal punto, que basta observar que casi la totalidad de los pago que se realizan mensualmente por el Estado Provincial, van direccionados a empresas integrantes del Poderoso Grupo Familiar que nos gobierna.

                                   2)FALTA DE IDEONEIDAD PARA LOS CARGOS Y REPRESEN TACIONES PUBLICAS, que significa no solo capacidad intelectual, sino “idoneidad e incompatibilidad moral para el ejercicio de funciones públicas”, en el marco de la concentración de poderes familiares y económicos que señalamos en el punto anterior. La manifiesta incompatibilidad ética existente en los más altos exponentes del estado provincial, surge en forma evidente. La voracidad se muestra en hechos puntuales que señalo a modo de simple ejemplo: la esposa del Gobernador fue impulsada por este, para una alta función legislativa nacional; su Hernando Fernando Jalil, ocupa la Presidencia de YMAD, en el marco de una política minera sin control; el Vice-Gobernador de la Provin cia exponencialmente su patrimonio –lo mismo que la familia Jalil- en estos últimos años y su hijo, que integra el Concejo Deliberante de la Municipalidad de la Capital, apareció contrantando con una empresa minera extranjera dedicada a la explotación del litio, e intento justificar esa contratación, sosteniendo que se había desprendido de la participa cion accionaria en la empresa conformada con ese fin.

                                   3)La transparencia, dignidad y corrección en el ejercicio de las mas altas funciones públicas, y del poder administrador. Nada de esto existe en Catamarca con el actual Gobierno, en un ambiente de total y sorprendente impunidad, y  genuflexa acepta ción de amplios sectores “acomodados” de nuestra sociedad.

                                   Ya el “Gran Azorín” en la España de su tiempo, y entre nosotros, esos extraordinarios tribunos que fueron Leandro Alem y Lisandro de la Torre,  sostenían  que la función pública es por esencia función educadora llevada a cabo con coraje en ejercicio del derecho a la verdad sin temor a romper tabúes y mentiras instaladas como dogmas para engañar y confundir al pueblo y a la sociedad, en provecho de funcionarios corruptos, y vergonzantes.

                                   Increíblemente éstas grandes figuras, coinciden con lo ya casi cien años después, en forma contemporánea, sostuvo Albert Camus en notables ensayos, cuan do en uno de ellos, afirmó: “LA LIBERTAD QUE DEBEMOS CONQUISTAR ES EL DERECHO A NO MENTIR. SOLO CON ESTA CONDICION TENDREMOS RAZONES PARA VIVIR Y MORIR,”

                                   b-)EL HECHO QUE DENUNCIAMOS:

                                   En el marco institucional degradante reseñado en el punto anterior, se dio el hecho superlativamente grave que denunciamos, y que más allá de las meras denuncias públicas efectuadas por algunos dirigentes supuestamente “opositores”, entende mos que debe ser planteada ante la JUSTICIA, para que se expida y actúe rápida y eficaz mente poniendo una barrera de contención a los abusos y tropelías en el ejercicio del poder público en nuestra provincia; o en su defecto, se saque la careta y muestre que está domes ticada y al servicio de los poderes corruptos que actúan y operan en la Provincia, tal como viene sucediendo en el caso del “Crimen” del entonces Ministro Rojas.

                                   En efecto, tal como se ha relatado en varios portales y diarios del esta provincia, el día viernes  3 de octubre del corriente año en una Tribuna levantada en plena campaña, el Intendente de Recreo LUIS POLTI, en ejercicio de esas funciones y como CANDIDATO A SENADOR por el Departamento La Paz en el marco de  un acto de campaña, manifestó en La Guardia, al explicar (¿??) frente a sus conciudadanos –lo que rápidamente se viralizó en las redes sociales-  que ROBABA, PERO TRAIA COSAS PARA EL PUEBLO. Textualmente, según Inforama, manifestó:

                                   “SI, TE DICEN, POLTI ROBA, SI¡¡,  PERO ROBA Y TRAE PA RA EL PUEBLO”, despertando inmediatamente aplausos en el lugar, por el puñado de asistentes a ese acto “educativo y enaltecedor de la función pública”; pero también, por fortuna, una ola de críticas en el ámbito político y social de toda la provincia.

                                   Es más, esto mereció el repudio de toda la comunidad, que advirtió  en el grotesco sincericidio, un cabal reconocimiento de la vieja corrupción del Jefe Comunal que viene robando en su desempeño funcional, y que sin embargo fue propuesto increíblemente, como “candidato a Senador” por el Departamento La Paz, seguramente como premio a su carrera delictual, y porque el Gobierno de la Provincia, es el reflejo y espejo de esa sorprendente conducta. DE AHÍ, LA IMPUNIDAD CON LA QUE SE ACTUA, YA QUE NIGUN CIUDADANO MEDIANAMENTE HONESTO SE ATREVERIA, EN EL MARCO DE UN GOBIERNO IGUALMENTE HONESTO Y DIGNO, A LANZAR DESDE UNA TRIBUNA PUBLICA SEMEJANTE RECONOCIMIENTO DE INDIGNIDAD Y CORRUPCIÓN.

                                   Pues, lo aberrante de semejante conducta funcional, fue la malversa ción brutal y el panegírico que realizo, a la acción delictiva desplegada  desde la función pública. Y, nada más ni nada menos, que desde el lugar, dónde a escasa distancia, fallecie ra ese extraordinario sacerdote y excelsa figura cívica, que fuera FRAY MAMERTO ESQUIU, el Orador de la Constitución, y ejemplo de la noble e inquebrantable humildad Franciscana.

                                   c-)LA COMISION DEL DELITO QUE DENUNCIAMOS:

                                   Surge en forma incontrovertible, el reconocimiento expreso de un accionar delictivo en el ejercicio del poder administrador de un Municipio de primera categoría, y lo grave e inquietante fue que se formuló ese reconocimiento de acciones configuradoras de enriquecimiento ilícito a costa del erario público –robo en sentido genérico y abarcador de fraude a la administración pública- con la excusa de que se hacía llegar algo al pueblo. Es la vieja y ridícula “teoría perversa y delictiva”, de que se roba pero se hace algo por el pueblo, cuando todo robo significa un daño al pueblo, ya que se lo priva de una mejor medicina pública, de una mejor educación pública, de mejor servicios, al pueblo que se dice beneficiar con los robos, peculados y fraudes al erario y hacienda pública.

.          

                                   Por eso, las expresiones y el “discurso” del Intendente Luis Polti  encuadran en la figura penal de la apología del delito o del crimen: art. 213 del C.P., en tanto sanciona “al que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito.”

                                   La apología del delito, se refiere a la defensa o justificación pública de un acto delictivo, incitando implícitamente a su comisión. Se considera una forma de participación o instigación, y su tipificación varía según la legislación de cada país.

                                   Ensalzar o exaltar un hecho delictivo o criminal, o una conducta delictiva, públicamente, debe ser realizado como efectivamente lo hizo el denunciado Luis Polti, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión. En el caso que nos ocupa, lo hizo en un acto político promocionando su condición de Intendente Munici pal y su Candidatura a Senador Provincial por el Departamento la Paz, buscando que “el pueblo” aplauda, justifique o estimule al Intendente Polti a que siga cometiendo “robo” en el sentido genérico de defraudar mediante peculados de diversas índole, la hacienda pública municipal siempre que trajera algo para el pueblo o distribuya entre ellos los que robe o defraude al erario público.

                                   La apología de un delito cometido por un funcionario público, se refiere siempre a actos de corrupción el verse comprometidos intereses y fondos públicos vinculados a la administración colectiva de fondos que pertenecen a la sociedad. La finali dad del accionar delictivo, es exaltar y ensalzar toda acción ilícita que permita obtener una ventaja personal ilegítima del funcionario público de que se trate.

                                   Así, se dijo: “PARA LA EXISTENCIA DEL DELITO DE APOLO GÍA NO ES NECESARIO QUE EL ENCOMIO SE RELACION CON UN DELITO JUDICIALMENTE DECLARADO, NI AUN CON UN CRIMEN REALIZADO. BASTA QUE EL ELOGIO PUBLICO ENALTEZCA EN CUALQUIER FORMA LOS ACTOS DELICTUOSOS.” (CC., Cap., 24/04/25, Fallos, 1-68)

                                   Igualmente se sostuvo: “HA DE ENTENDERSE POR APOLOGÍA EN EL CONCEPTO DEL ART. 213, C.P., LA JUSTIFICACIÓN DE LOS HECHOS DECLARADOS O RECONOCIDOS DELICTUOSOS POR LA LEY, O DE LA CON- DUCTA…HACIENDO APARECER A LOS ACTOS COMO LAUDABLES Y MERITO RIOS….” (CC., Cap., 22/10/40, LL, 21-11;: Fallos, 4-64)

                                   “EL ART. 213, C.P., SE INSPIRA EN EL PROPÓSITO DE EVI TAR QUE LOS ESTIMULOS DEL ELOGIO PÚBLICO FOMENTEN LAS TENDEN CIAS CONTRARIA ORDEN SOCIAL.” (CC., Cap. 24/04/35, JA, 15—662)  

                                   d)EL RECONOCIMIENTO Y CONFESION DEL DELITO:

                                   Con absoluto y total desparpajo e impunidad, sintiéndose protegido por el Gobierno y por natural consecuencia por el Poder Judicial en su conjunto, Polti RE CONOCIO ROBABA, TRATANDO DE JUSTIFICAR ESE ACCIONAR DELICTIVO, QUE LO HACÍA, PERO TRAÍA ALGO PARA EL PUEBLO. DE ESTA FORMA SU CONDUCTA ENCUADRA ESPECIFICAMENTE EN LA NORMA DE REFERENCIA, DEL ART. 213 DEL C.P.

                                   Por esto, INFORAMA señaló:

                                   “LUIS POLTI, SE REFIRIO A SI MISMO AL SEÑALAR: “ROBO, PERO TRAIGO PARA EL PUEBLO”, como si hiciera participar al “pueblo en sus robos, fraudes y peculados,

                                   Por ello,  corresponde enderezar  la investigación penal, en contra del citado funcionario, quien, al reconocer  los delitos que cometió y vino cometiendo  a lo largo de sus funciones como Intendente de la Municipalidad de Recreo, no puede bajo ningún concepto quedar impune esa conducta ilícita. Por tanto, deberá ordenarse judicial mente la suspensión del Sr. Luis Polti de las funciones que cumple.

                                   Es importante destacar que lo de Polti no constituye un hecho aislado, sino que marca una línea funcional que recorre el ámbito de todo el Gobierno Provincial desde la cabeza misma del P.E.P., hasta el último Municipio oficialista.

                                   Precisamente por ello el denunciado actúo con el desparpajo y la sor prendente impunidad            con la que vino actuando, y mostrando un nivel de ingresos y de vida

impropio de una Intendente Municipal, a tal punto que en todo Recreo se conoce que tiene una verdadera colección de CAMIONETAS de alta gama en su domicilio articular, y posee una vivienda de veraneo y placer en las Termás de Río Hondo, Pcia. de Santiago dekl Estero; todo lo cuál deberá investigarse por el Fiscal de Instrucción que intervenga en definitiva en el presente caso.

                                   Debemos destacar que no obstante el escándalo que generaron y pro vocaron los videos en vivo aparecidos en las redes, cuando LUIS POLTI arengaba a sus seguidores en La Guardia, y posteriormente, la reproducción periodística en el Diario  digital INFORAMA y en los Diarios gráficos “El Esquiú” y “El Ancasti” del dia 6/10/25, de la “tribuna aleccionadora por su elevado mensaje ético y político lanzado a la ciudadanía de la Provincia”; guardó absoluto silencio, lo mismo que el Gobierno de la Provincia, consintiendo así, la veracidad de la información y de los audios difundidos por las redes sociales, y el contenido delictivo de las expresiones vertidas por el Intendente Polti.

                                   III-)PRUEBA:

                                    Ofrecemos la siguiente prueba, a saber:

                                   A)DOCUMENTAL:                        

                                   1)COPIA AUTENTICA de la página del diario digital Inforama del dia 3 de Octubre/25 con transcripción de las expresiones delictivas configuradoras de apología del delito.

                                   2)COPIA AUTENTICA de la publicación del Diario “El Ancasti” que reprodujo las manifestaciones ilícitas pronunciadas en la arenga política por el denunciado.

                                   B)EXTRACCION DE LOS AUDIOS DEL SISTEMA DIGITAL E INFORMATICO:

                                   1)Se extraiga por Secretaría, del sistema informático del Diario El Ancasti de los días 4 y 6 de Octubre/2025, las notas periodísticas de las expresiones y/o manifestaciones vertidas por el Sr. LUIS POLTI en su arenga política pronunciada en La Guardia, el día Viernes 3 de Octubre/2025,

                                   2)Se extraiga de las redes sociales el video que reprodujo la arenga política pronunciada el día Viernes 3 de Octubre/2025 en La Guardia por el Intendente Luis Polti.

                                   3)PERICIA FONOGRÁFICA:

                                   Para el caso de que maliciosamente negara el denunciado las mani festaciones vertidas en la arenga de referencia, se ordene la realización de una Pericia Fono gráfica para determinar la autenticidad de los audios y de la voz del “orador” que pronun ció la arenga configuradora del delito de apología del delito.

                                   C)INFORMATIVA:

                                   Mediante oficios de estilo, se recaben los siguientes informes, a saber:

                                   1)A la policía de La Guardia, para que informe si día Viernes 3 de Octubre/25, el Intendente Municipal de Recreo, pronunció en la referida localidad ante un grupo de militantes y dirigentes policito00s, una arenga política ante simpatizantes y mili tantes del Partido Justicialista.

                                   2)Al Concejo Deliberante de la Municipalidad de Recreo, para que informe sobre los siguientes puntos, a saber:

                                   -Si el Intendente Municipal Sr. Luis Polti participó de un acto de campaña política con motivo de sus postulación como Senador por el Departamento en la Localidad de La Guardia

                                   -Si el Cuerpo Deliberativo inició actuaciones tendientes a la suspen sión en sus funciones del Intendente Luis Polti por las expresiones vertidas en ese acto y que provocaron reacciones adversas y de repudio en las redes sociales.

                                   PETITORIO:

                                   Por todo lo expuesto, solicitamos:

  1. Tenga por presentada esta denuncia penal por apología del delito en contra del Intendente Municipal LUIS POLTI, con motivo y ocasión de las manifestaciones vertidas en un acto político con vecinos y partidarios de la Localidad de La Guardia.
  2.  Se practiquen las medidas de prueba propuestas, a tal fin de que se extraigan los audios de Inforama y se imprima las noticias las noticias con las manifestaciones vertidas y que fueron motivo del repudio por parte de amplios sectores de la Comunidad y sociedad civil.
  3. Se libren los oficios peticionados y señalados, y
  4. Se dicte el decreto de determinación de los hechos y la imputación penal por el delito señalado y denunciado, y
  5. cite al denunciado, Sr. LUIS POLTI, a prestar declaración indagatoria.                       .

 PROVEER DE CONFORMIDAD SERA JUSTICIA

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