Ante las bajas temperaturas y en consonancia con las medidas de Salud y de Defensa Civil, el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología efectúa las siguientes recomendaciones a las autoridades directivas de los Establecimientos Educativos de Gestión Pública Estatal, a los fines de
procurar el bienestar y la salud de los estudiantes y la comunidad educativa en general:
- Dispensar a los alumnos de la formación correspondiente al izamiento y arriamiento de la
Enseña Patria cuando la misma tenga lugar en un espacio al aire libre. - Autorizar a portar el uniforme de invierno de gimnasia, y abrigos como camperas, buzos,
guantes, gorros, y otras prendas para el frío. - Promover la permanencia en el aula durante el recreo en caso de no contar con patios cerrados
o salones, pudiendo los estudiantes hacer uso de las instalaciones sanitarias, concurrir a
quioscos escolares, así como también, desarrollar actividades recreativas o de esparcimiento,
dentro del aula, mientras dure el receso. - Optar preferentemente por el dictado de clases teóricas de Educación Física cuando por las
bajas temperaturas así resulte aconsejable, de igual manera, reducir en lo máximo posible las
actividades al aire libre, o bien, de permitirlo las instalaciones, relocalizarlas a espacios
cerrados. - En sintonía con los lineamientos de las autoridades de Salud, recordar a los estudiantes la
adopción de cuidados tales como el lavado constante de manos con agua y jabón, el empleo de
alcohol en gel, cubrir la boca o nariz al momento de toser o estornudar utilizando un pañuelo
desechable o el pliegue del codo. - Se solicita a los docentes estar atentos ante la presencia de síntomas gripales, afecciones
respiratorias, u otras, por parte de los estudiantes, a los fines de que las autoridades de la
institución contacten a los padres o responsables del o la menor para que les procuren las
atenciones o cuidados médicos que sean necesarios. - Ventilar, a la conclusión de las actividades, las aulas y demás ambientes cerrados.
- Ante temperaturas extremadamente bajas o posibles nevadas, sobre todo en el interior
provincial, las autoridades del establecimiento podrán – de manera estrictamente excepcional
sustituir, mientras dure la inclemencia climática, las clases presenciales por clases virtuales,
utilizando plataformas digitales oficiales tales como Classroom, Zoom o Meet, y cartillas de
actividades para quienes no posean adecuada conectividad. Será exclusiva responsabilidad de
los directivos de la institución constatar el efectivo dictado de clases, la continuidad
pedagógica de los educandos y el empleo de plataformas tecnológicas con los alumnos
únicamente con fines educativos. - Para el supuesto del inc. 8), las autoridades del establecimiento deberán, sin excepción y por la
vía jerárquica correspondiente, poner en conocimiento de la respectiva Dirección de Nivel, la
adopción de la mentada medida, pudiendo estas últimas efectuar observaciones, sugerencias y
demás recomendaciones que, por las circunstancias del caso concreto, estimen corresponder.
Asimismo, por los fines expuestos, se aconseja a los Establecimientos Educativos de Gestión
Privada, adoptar medidas coincidentes a las que anteceden.
Tomen conocimiento de la presente Circular las Direcciones de Nivel del Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología y, por medio de los canales oficiales de comunicación, dese a conocer a las
distintas autoridades del Sistema Educativo Provincial