FMI: el Gobierno envió al Congreso el DNU que aprueba el futuro préstamo

El Gobierno remitió hoy al Congreso el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 179/2025 en el cual aprueba el próximo acuerdo de “facilidades extendidas” con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Según lo estipulado en la Constitución Nacional y la Ley Nº 26.122, la Comisión Bicameral tiene la responsabilidad de analizar el DNU y emitir un dictamen. Posteriormente, el decreto debe ser debatido en la Cámara de Diputados. En caso de que una de las cámaras del Congreso lo apruebe, el decreto quedará convalidado automáticamente. Esta disposición se deriva de una reforma legislativa implementada en 2006, durante el gobierno de Cristina Kirchner.

La Ley 26.122, aprobada en 2006, establece que un DNU solo puede ser anulado si ambas cámaras del Congreso lo rechazan explícitamente. Este mecanismo fortalece el poder del Ejecutivo en la emisión de decretos y dificulta su derogación legislativa. En la práctica, esto significa que si el Senado o la Cámara de Diputados convalidan el DNU 179/2025, este entrará en vigor de manera definitiva, sin necesidad de la aprobación de ambas cámaras.

El debate en la Comisión Bicameral y en la Cámara de Diputados será determinante para el futuro del decreto. Existen distintos escenarios posibles:

Aprobación en una sola cámara: Si el DNU es respaldado por Diputados o Senadores, quedará ratificado y entrará en vigencia sin obstáculos.

Rechazo en ambas cámaras: En caso de que tanto Diputados como el Senado rechacen el decreto, este será anulado.

Ausencia de un rechazo conjunto: Si solo una de las cámaras lo rechaza y la otra no se pronuncia, el decreto podría mantenerse en vigor de manera tácita.