Pedirán más información sobre compras con tarjeta de débito y crédito en el exterior

A partir de julio de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzará a exigir a las entidades bancarias más información sobre las compras realizadas por los argentinos con tarjetas de crédito y débito en el exterior.

La decisión se formalizó a través de la Resolución General 5662/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, que modifica el régimen de información de la actividad financiera, especialmente en lo que respecta a los detalles que deben ser suministrados por las entidades administradoras de tarjetas.

Con esta nueva normativa, que entrará en vigor en los vencimientos que operen desde el 1 de julio de este año, se busca garantizar un control y fiscalización más rigurosos de las operaciones realizadas fuera del país. Las entidades emisoras de tarjetas deberán proporcionar una serie de datos adicionales para facilitar la correcta supervisión por parte de ARCA, lo que implicará un cambio significativo en la información que los bancos deben reportar.

Requisitos adicionales para el control fiscal

Entre los nuevos requisitos establecidos por la resolución, se encuentra la obligación de informar detalles más específicos sobre las transacciones internacionales. En primer lugar, se deberá incluir la marca de la tarjeta utilizada, la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la entidad emisora, la identificación de la moneda de origen y el número de identificación del comercio donde se realizó la operación. Además, las entidades bancarias deberán reportar datos como la fecha de la operación, el monto de la compra tanto en moneda extranjera como en pesos argentinos, así como el nombre y código del rubro del comercio.

El organismo también precisó que, con esta modificación, se exigirá la misma información para las operaciones realizadas por titulares adicionales o beneficiarios de tarjetas extendidas, en caso de que las transacciones sean realizadas con tarjetas emitidas en el país. De esta forma, la normativa abarca no solo las compras realizadas por los titulares principales, sino también por quienes utilizan tarjetas adicionales o con extensión.

Objetivo de la medida

ARCA explicó que estas modificaciones son necesarias para mejorar el sistema de fiscalización de las compras internacionales y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Según se detalló en la resolución, la medida responde a la experiencia recogida durante la aplicación del régimen de información de actividades financieras, con el fin de optimizar los procesos y brindar al organismo la información relevante para ejercer funciones de control más efectivas.

A su vez, el organismo aclaró que los códigos de rubros que deberán ser informados corresponden al Merchant Category Code (MCC), utilizado por las entidades administradoras de tarjetas de crédito, en base a los códigos establecidos por la Organización Internacional de Normalización (ISO), los códigos de Clasificación Industrial Estándar (SIC) y sus equivalentes.

La implementación de estos nuevos requisitos forma parte de un esfuerzo por mejorar la transparencia y eficiencia en el monitoreo de las operaciones financieras internacionales de los ciudadanos argentinos.