El Ejecutivo nacional publicó este lunes el Decreto 441/2025, que establece un nuevo aumento de los tributos aplicables a la nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil, con vigencia a partir del 1° de julio, en un esquema gradual que culminará el 1° de agosto.
- Nafta: + $6,62 al Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y + $0,405 al Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC).
- Gasoil: + $5,346 al ICL, + $0,609 al IDC y + $2,895 extra en zonas con régimen diferencial (como la Patagonia).
Desde el 1° de agosto, se aplicará la totalidad de los aumentos acumulados, correspondientes a ajustes pendientes durante 2024 y el primer trimestre de 2025.
¿Por qué se dividió en dos etapas?
El Gobierno justificó la decisión argumentando que, aunque la ley (Ley 23.966) impone una actualización trimestral automática de estos impuestos según el IPC del INDEC, el esquema fue postergado varias veces para mitigar el impacto sobre la inflación.
¿Cómo repercutirá en el surtidor?
La suba en los impuestos se trasladará directamente al precio final de las naftas y el gasoil, a cargo principalmente de las estaciones de servicio. Aunque otras petroleras anticiparon ajustes de hasta el 5% por movimientos internacionales del petróleo, se espera que YPF decida próximamente si traslada el aumento prescripto a mitad de año.
Contexto actual
El incremento se inscribe en una serie de medidas similares postergadas desde 2023 —varios decretos anteriores aplazaron la entrada en vigencia de estas subas— con el objetivo de controlar la presión inflacionaria en un escenario económico y social de alta sensibilidad .