la Justicia falló a favor de Chiqui Tapia y quedó firme su reelección como presidente de la AFA

La Cámara Civil de la Nación decidió a favor de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), declarando nula la Resolución 793/2024 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ) que invalidaba la asamblea general de la AFA en la que fue reelecto como presidente de forma anticipada Claudio “Chiqui” Tapia. La medida implica un golpe a Mauricio Macri, aliado de la gestión de Javier Milei —con interés en el impulso de las SAD en Argentina—.

Vale recordar que existe una disputa en torno a la política de las SAD, luego que el fundador del PRO consiguiera como aliado en esa cruzada al presidente Javier Milei, con la asistencia del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger. Hasta ahora, Tapia resistió la ofensiva y logró judicializar el apartado en cuestión del mega DNU 70, con un fallo favorable para bloquear el cambio del estatus jurídico de las instituciones deportivas.

La resolución de la IGJ, un organismo dependiente del Ministerio de Justicia, había determinado “declarar la irregularidad e ineficacia total a los efectos administrativos de la convocatoria a Asamblea General Ordinaria de la AFA para el 17 de octubre”. El organismo de control solo permitía que ese día se aprueben el balance y los libros, pero le ordenaba abstenerse de avanzar con otra definición, tras tomar posición frente a un pedido de suspensión que presentó el Club Talleres de Córdoba.

La IGJ había justificado su decisión inicial alegando que la asamblea se convocó de manera extemporánea y sin respetar normas estatutarias, por la denuncia del Club Atlético Talleres. Sin embargo, la AFA argumentó que su convocatoria no violó estatutos y que la asamblea procedió con los estatutos vigentes, puntos que la Cámara consideró válidos.

“No puede dudarse entonces de su carácter y, en particular, de la eficacia del acto asambleario que celebrado en el lugar, fecha y hora convocada, pues por unanimidad se aprobó la moción al punto uno del orden día ‘Considerando que la Asamblea fue convocada según lo dispuesto en los Estatutos, mociono para que se apruebe este Punto Primero del Orden del Día’; inclusive contó con el voto afirmativo del delegado representante del Club Talleres de Córdoba quien en su denuncia no sólo pretendía la suspensión del acto sino la declaración de ineficacia de su convocatoria. Extremo, que dicho sea de paso tampoco fue observado por la IGJ”, señalaron los magistrados.