Con multas y resarcimientos, cambios en la ley para beneficiar al consumidor en Neuquén, lo que en Catamarca no se quiso hacer

Se presentó un proyecto en la legislatura que contempla algunas modificaciones, que serán beneficiosas para los clientes a la hora de reclamos y denuncias a distintas empresas.

Con el objetivo de agilizar los procedimientos en los reclamos que se realizan los consumidores de bienes y servicios, el gobernador Rolando Figueroa presentó un proyecto que busca modificar la Ley de Defensa del Consumidor en Neuquén. ¿Cuáles serían los beneficios que traerían estos cambios?

Con este anuncio realizado en la apertura de sesiones ordinarias de la Legislatura, el director provincial de Protección al Consumidor, Pablo Tomasini, precisó que con este proyecto se busca que la gente pueda tener un resarcimiento económico, y que además se cumplan las leyes provinciales vigentes.

“Actualmente, la Ley de Defensa del Consumidor indica que cuando tenemos la disposición de multa a las empresas, lo que pueden hacer es apelarla en Tribunales Civiles, y durante varios años Neuquén empezó a completar con leyes. Pero cuando le poníamos la multa, las empresas con artilugios nos empezaban a discutir diciendo que éramos un ente administrativo y nos estiraba un montón los procedimientos”, detalló.

Entre estas leyes provinciales, se encuentra la que implica que los cambios de productos que no son consumibles(por ejemplo la ropa), hay un plazo de 30 días para cambiarlos y el cliente puede ir el día que tenga tiempo, ya que está prohibido la restricción de días específicos por parte del comercio.

Otra de las normativas provinciales establece que no puede haber cartelería en los lugares de estacionamientos – como los supermercados -donde se establezca que la empresa no se hace responsables de los robos “eso está prohibido”, afirmó Tomasini en diálogo con LU5.

“Juntamos todas esas leyes, le propusimos al gobernador y presentó el proyecto de ley para que todas esas apelaciones no se hagan por vía administrativa sino en el plano civil, lo que nos achica un montón los tiempos de los procesos”, adelantó

De ser aprobadas estas modificaciones a la ley, las apelaciones se harían mucho más cortas y las empresas tiene que pagar las multas mas rápidamente.

“Este es el primer año que ponemos en marcha un mecanismo que se llama de respuesta y daño directo, si vos tenés un problema con un mate que vale 10 mil pesos, no solo habrá multa a la empresa sino un resarcimiento al consumidor de ese dinero, que lo debe hacer la empresa“, indicó.

Y aclaró que hasta este año solo pagaban multa al estado, al consumidor solo le quedaba un procedimiento administrativo que después le servía para el ámbito civil, pero no para un resarcimiento, sino se conciliaba.

“Ahora las empresas si no concilian van a tener que empezar a pagar el pago directo al consumidor además de la multa al estado, es algo que estamos incorporando este año y es muy positiva para los clientes”, dijo el funcionario.

Estas son algunas de las modificaciones que contempla el proyecto que ya está en Legislatura, “ya habíamos hablado con los legisladores y hay cierto consenso en esto, así que se va a sancionar rápidamente”, aseguró.

Tomasini sostuvo que se pretende “acortar los procedimientos de recursos para poder condicionar a las empresas y que cumplan con la legislación de defensa del consumidor”.

El proyecto propone incorporar artículos sobre actos administrativos que dispongan sanciones que podrán recurrirse. Se trata de las leyes 2874 sobre prácticas abusivas contrarias al trato digno; 2923 sobre Libro de quejas, agradecimientos, sugerencias y reclamos; 3121 sobre cartelería; 3146 sobre carteles en playas de estacionamiento; 3154 sobre cambio de productos; 3224 sobre exhibición de alimentos ultraprocesados; y 3318 sobre manipulación de tarjetas.

En las modificaciones propuestas se aclara que “el derecho de defensa del proveedor estaría ampliamente protegido, por la posibilidad de descargo que cuenta en la etapa administrativa y el recurso judicial directo ante el fuero civil, como sucede en todo el ordenamiento judicial consumeril”.

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